Congreso Aprueba evitar prescripción del feminicidio

La diputada por el Séptimo Distrito Local Electoral, Paola Cruz presentó la iniciativa para adicionar el artículo 100 Ter al Código Penal para el Estado de Morelos, para que el delito de feminicidio sea imprescriptible.

La cual fue complementada por el legislador Julio César Solís Serrano, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano (MC), quien pidió adicionar un último párrafo al artículo 67 respecto a la pena para la tentativa de feminicidio.

En sesión ordinaria de Pleno, las diputadas y diputados del Congreso del Estado, aprobaron por unanimidad adiciones al Código Penal para el Estado de Morelos respecto al delito de feminicidio, y agregar un artículo 100 Ter, así como un último párrafo a su artículo 67. Quedando de la siguiente forma:

ARTÍCULO 67. – … Cuando se trate del delito de feminicidio, en el primer caso al que se refiere el segundo párrafo del artículo 17, se podrá aplicar hasta dos terceras partes de la sanción máxima establecida para dicho ilícito.

ARTÍCULO 100 Ter. – La prescripción en cualquiera de sus modalidades será improcedente para el delito de feminicidio.

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”.

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